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Empresas de vigilantes de seguridad

       

Normativa de los vigilantes de seguridad

  • Los vigilantes de seguridad sólo podrán desempeñar las siguientes funciones:

    • Ejercer la vigilancia y protección de bienes muebles e inmuebles, así como la protección de las personas que puedan encontrarse en los mismos.

    • Efectuar controles de identidad en el acceso o en el interior de inmuebles determinados, sin que en ningún caso puedan retener la documentación personal.

    • Evitar la comisión de actos delictivos o infracciones en relación con el objeto de su protección.

    • Poner inmediatamente a disposición de los miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad a los delincuentes en relación con el objeto de su protección, así como los instrumentos, efectos y pruebas de los delitos, no pudiendo proceder al interrogatorio de aquéllos.

    • Efectuar la protección del almacenamiento, recuento, clasificación y transporte de dinero, valores y objetos valiosos.

    • Llevar a cabo, en relación con el funcionamiento de centrales de alarma, la prestación de servicios de respuesta de las alarmas que se produzcan, cuya realización no corresponda a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.

  • Deberán seguir las instrucciones que, en el ejercicio de sus competencias, impartan los responsables de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, siempre que se refieran a las personas y bienes de cuya protección y vigilancia estuviesen encargados los vigilantes, colaborando con aquéllos en casos de suspensión de espectáculos, desalojo o cierre provisional de locales y, en general, dentro de los locales o establecimientos en que presten su servicio, en cualquier situación en que sea preciso para el mantenimiento y restablecimiento de la seguridad ciudadana.
Fuente: Mir.es
 
  Sindicato denuncia que centros comerciales contratan vigilantes sin habilitar

Alternativa Sindical de Trabajadores de Seguridad Privada ha denunciado hoy que varios centros comerciales y grandes almacenes de la Comunidad de Madrid emplean en funciones de vigilante a trabajadores que no están habilitados para ello por el Ministerio de Interior, incumpliendo de esta forma la Ley de Seguridad Privada.

El sindicato ha denunciado ante la Delegación del Gobierno a grandes almacenes como El Corte Inglés; centros comerciales como La Vaguada, Parque Corredor (Torrejón de Ardoz), Parque Sur (Leganés), La Dehesa (Alcalá de Henares), Plaza Norte (San Sebastián de los Reyes); grandes superficies como Ikea y Factory (ambos en San Sebastián de los Reyes) e hipermercados como Carrefour y Alcampo. Además, según un comunicado del sindicato, las empresas de seguridad utilizan estos centros como 'depósito' de sus empleados no habilitados, aprovechando la permisividad del Ministerio de Interior y supuestos 'intereses' de los responsables de seguridad de dichos centros, quienes, a diferencia de otros clientes, no exigen la titulación del personal que le asigna.

Para comprobar este incumplimiento, explica la nota, basta con observar si en alguna de estas instalaciones hay empleados de alguna empresa de seguridad -entre las que cita a Prosegur, Securitas, Segur Ibérica, Sabico o Eulen- que trabaja de uniforme y lleva porra y grilletes, pero no la 'vistosa placa' que acredita su habilitación. Los riesgos de esta situación, a juicio del sindicato, radican en la falta de formación de estos empleados en cuestiones de seguridad y en otras específicas sobre centros comerciales o ante casos de emergencia.

Todo ello, recalca Alternativa Sindical, en unos centros por los que circulan decenas de miles de personas y en los que se realizan 'numerosas intervenciones por robos, agresiones, alunizajes e incidentes de otra índole'. El sindicato señala que las empresas de seguridad, 'con el único fin de engordar su facturación', ofrecen sus servicios sin disponer de suficiente personal habilitado, y pide a Interior que vigile y sancione estas 'irregularidades', así como que dote a los vigilantes 'de mejores medidas tanto legislativas como físicas'.

 
   

 

 
 

 

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